Transferencia Vehículos

Baldovi Asesores

Gestionamos en Valencia, el cambio de nombre de vehículos, tanto entre empresas como entre particulares

¿Qué documentación nos ha de facilitar para poder tramitar la transferencia?

Documentación a aportar del vehículo:

1. Fotocopia legible de la Ficha Técnica del vehículo por ambos lados.
2. Original del Permiso de circulación del vehículo.
3. Fotocopia del impuesto de circulación, en caso de no haberlo pagado dentro de plazo.

 

Documentación del vendedor:

1. Fotocopia legible del DNI o NIE en vigor del vendedor del vehículo por ambos lados.
2. En el caso de ser una Sociedad, es necesaria la copia del CIF y del NIF del Administrador de la Sociedad, así como el documento de representación de personas jurídicas.

Documentación del comprador:

1. Fotocopia legible del DNI o NIE en vigor del comprador del vehículo por ambos lados (si el domicilio del comprador no coincide con el del DNI o NIE se deberá justificar con documento que lo acredite).
2. En el caso de ser una Sociedad, es necesaria la copia del CIF y del NIF del Administrador de la Sociedad, así como el documento de representación de personas jurídicas.

Si el vendedor es una Sociedad, habrá que aportar la factura de venta.

Si el vendedor es un particular, hará falta un contrato de compra-venta, firmado por el comprador y por el vendedor, como el que se adjunta (dos copias firmadas)

Contrato de compra-venta
También será necesario el contrato de mandato, para poder realizar las gestiones en su nombre. Se piden dos contratos: uno firmado por el vendedor del vehículo y otro por el comprador del vehículo, ambos en concepto de mandante:

Contrato de mandato
Una vez firmada y presentada la documentación, salvo imposibilidades, se le expedirá un justificante profesional para poder conducir su coche mientras se procesa en la Jefatura de Tráfico la transferencia de vehículos.

Cuando recibamos el permiso de circulación a nombre del nuevo titular, nos ponemos en contacto para que pase a por la documentación o bien se le envía por mensajería.

CONSEJOS PARA EL VENDEDOR
El vendedor está obligado a notificar la transmisión en el plazo de 10 días desde la venta del vehículo. Puede realizarse directamente el cambio de titular del vehículo o bien la notificación del mismo.

Si el vehículo se adquirió con financiación, se debería comprobar si se ha cancelado la anotación registral en el Registro de bienes inmuebles, una vez realizado el pago de la compra del vehículo.

CONSEJOS PARA EL COMPRADOR
Se deberían solicitar “informes de tráfico” para determinar si el vehículo tiene alguna incidencia; Limitación de disposición, un embargo, deudas, etc.
Los compradores disponen de un plazo de 30 días para realizar la transferencias de vehículos.

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